viernes, 26 de octubre de 2012

Actividad 2


2.1 Cuales son las tarifas de impuestos sobre las ventas que están vigentes en la actualidad y como son gravadas.

Retenciones en la Fuente del Impuesto a la Renta



RUBRO
CONCEPTO
BASE MINIMA
PORCENTAJE
PERSONA JURIDICA
PERSONA NATURAL
Arrendamiento
Bienes Inmuebles
703.000 
3,50%
3,50%
Bienes Muebles
100% 
4,00%
4.0%
Compra
En General
703.000
3,50%
3.5%
Bienes Raíces
100%
1.0%
1.0%
Combustible
100%
0,10%
0.1%
Productos o insumos agrícolas o pecuarios
2.397.000
1,50%
1.5%
Vehículos
100%
1.0%
1.0%
Contrato
Contrato de Construcción
703.000
1.0%
1.0%
Mantenimiento o Reparación de Obras Civiles
100%
2.0%
2.0%
Consultoría en Obras Publicas
100%
6.0%
10.0%
Consultoría en Obras Publicas >$85.962.000
100%
6.0%
6.0%
Consultoría y Administración Delegada
100%
11.0%
10%
Intereses
Intereses y Corrección Monetaria de CDT  en UPAC
100%
7.0%
7.0%
En cuentas de ahorros diferentes a  UPAC
1400 día
7.0%
7.0%
En cuentas de Ahorro UPAC (UVR)
400 día
60.0%
60.0%
Rendimientos Financieros a títulos con  descuento
1400 día
7.0%
7.0%
Retención
Compra de Bienes
703.000
50.0%
50.0%
IVA
 Servicios
104.000
50.0%
50.0%
Salarios
Sobre pagos Laborales Gravables
2.475.001
N/A
Art. 383 E.T.
Servicios
En General (**)
104.000
4.0%
6.0%
En General > $85.962.000 (*)
104.000
4.0%
4.0%
Empresas de servicios temporales
104.000
1.0%
N/A
Empresas de vigilancia o aseo
104.000
2.0%
N/A
Restaurante, hotel y hospedaje
104.000
3.5%
3.5%
Servicios Públicos
100%
2.5%
N/A
Transporte
 Nacional Carga (terrestre, aéreo,  marítimo)
104.000
1.0%
1.0%
Nacional Pasajeros (terrestre)
703.000
3.5%
3.5%
Nacional Pasajeros (aéreo, marítimo)
104.000
1.0%
1.0%
Internacional Carga (terrestre)
104.000
1.0%
1.0%
Internacional Carga (aéreo marítimo)
100%
0.0%
0.0%
Internacional Pasajeros (terrestre)
703.000
3.5%
3.5%
Internacional Pasajeros (aéreo marítimo)
100%
0.0%
0.0%
Otros ingresos tributarios
Dividendos Gravados
100%
20.0%
33.0%
Honorarios y Comisiones (**)
100%
11.0%
10%
Honorarios y Comisiones > $85.962.000 (*)
100%
11.0%
11.0%
Impuesto de Timbre
156.294.000
0.0%
0.0%
Loterías, rifas, apuestas y similares
1.250.000
20.0%
20.0%
Rendimientos Financieros (Intereses)
100%
7.0%
7.0%
Otros Ingresos Tributarios
703.000
3.5%
3.5%

El Impuesto al Valor Agregado (IVA)

TARIFA
NORMA
0%
Aplica a los exportadores y otros bienes mencionados en el artículo 481 del E.T.
1.6%
Mano de obra prestada por CTA’s y PCTA’s
Servicio de aseo, empresas temporales de empleo y vigilancia.
10%
Bienes grabados del artículo 468-1 del E.T.
Servicios gravados del artículo 468-3 del E.T
16%
Aplica a productores e importadores de cerveza.
Aplica a todo tipo de bien o servicio gravado
20%
Vehículos camperos, barcos de recreo y deportes.
Servicio de telefonía celular.
25%
Vehículos mencionados en el numeral 2 del artículo 471 del E.T.
35%
Vehículos, barcos y aerodinos del numeral 3 del artículo 471 del E.T.
Licores del artículo 472 del E.T.

2.2 consulte en la normatividad vigente Cuales son las cuentas en las que se debe registrar los movimientos del IVA.

Según el PUC Plan Único de cuentas los movimientos del IVA se deben registrar de la siguiente manera:


2408: Impuesto sobre las ventas por pagar
Registra tanto el valor recaudado o causado como el valor pagado o causado, en la adquisición o venta de bienes producidos, importados y comercializados, así como de los servicios prestados y/o recibidos, gravados de acuerdo con las normas fiscales vigentes, los cuales pueden generar un saldo a favor o a cargo del ente económico, producto de las diferentes transacciones ya que se trata de una cuenta corriente. 

2367: Retención en IVA
Registra el valor de las retenciones en la fuente recaudadas por el concepto del impuesto sobre las ventas, que efectúa el ente económico a los responsables de dicho impuesto, cuando se adquieran bienes corporales muebles o servicios gravados

2.3 Tabla de retenciones - " como están aplicando las retenciones en la empresa"

Cuáles son las fuentes de cuentas para retención en la fuente

2365 Retención en la fuente
236505 Salarios y pagos laborales
236510 Dividendos y/o participaciones
236515 Honorarios
236520 Comisiones
236525 Servicios
236530 Arredamientos
236535 Rendimientos financieros
236540 Compras
236545 Loterías, rifas, apuestas y similares.
236550 Por pagos al exterior
236555 Por ingresos obtenidos en el exterior
236560 Enajenación propiedades planta y equipo, personas naturales.
236565 Por impuesto de timbre.
236570 Otras retenciones y patrimonio
236575 Autorretenciones

2.4 Cuales son las actividades gravadas en Villavicencio.
  • Impuesto predial unificado
  • Impuestos de industria y comercio
  • Impuesto de complementario de avisos y tableros.
  • Impuesto de publicidad exterior visual
  • Impuesto municipal de espectáculos públicos e impuesto de espectáculo público con destino al deporte de que trata la Ley 181 de 1995 y la Ley 223 de 1995.
  • Derechos de explotación de rifas y juegos de azar.
  • Impuesto de circulación y transito.
  • Sobretasa a la gasolina.
  • Impuesto de delineación urbana.
  • Impuesto de degüello de ganado menor
  • Contribución especial sobre contratos de obra pública.
  • Estampilla – Pro Cultura.
  • Estampilla – Pro Anciano
Impuestos industriales y comercio "Tarifa"














Cuales son las responsabilidades de una sociedad Mercantil en materia tributaria.

1. Obligación de llevanza de los Libros Oficiales:
Todo empresario debe llevar, de una forma ordenada, los libros oficiales que se indican a continuación. Estos libros de llevanza obligatoria deben presentarse en el Registro Mercantil del domicilio de la sociedad para su legalización. El plazo para la legalización de los libros, en el caso de los dos primeros que a continuación se indican, es el de cuatro meses inmediatamente después del cierre de cada ejercicio.

1.1 Libro de inventarios y cuentas anuales:
Debe abrirse con el balance inicial detallado de la empresa, transcribiendo con una periodicidad, cuando menos trimestral, con sumas y saldos, los balances de comprobación. En él han de asentarse anualmente el inventario de cierre del ejercicio y las cuentas anuales.

1.2 Libro diario:
Ha de registrar de forma continua todas las operaciones relativas a la actividad de la empresa, se admite la anotación conjunta de los totales de las operaciones por periodos no superiores al mes, a condición de que se detalle se registre en otros libros concordantes o de detalle.

1.3 Libros de actas:
En él han de constar todos los acuerdos tomados por las Juntas generales y especiales y por los demás órganos colegiados de la sociedad. Han de expresarse los datos de las convocatorias, constitución del órgano colegiado, resumen de los asuntos debatidos, las intervenciones de las que se haya solicitado constancia, los acuerdos adoptados y los resultados de las votaciones.

1.4 Libro Registro de Socios / Acciones Nominativas:
En él se hará constar la titularidad originaria y las sucesivas transmisiones, voluntarias o forzosas, de las participaciones sociales, así como la constitución de derechos reales y otros gravámenes sobre las mismas. En cada anotación se indicará la identidad y domicilio del titular de la participación o del derecho o gravamen constituido sobre aquella.

2. Obligación de conservación de los libros sociales.
Los libros, correspondencia, documentación y justificantes deben conservarse, debidamente ordenados, durante seis años, a partir del último asiento realizado en los libros.
El plazo de conservación rige incluso en caso de cese del empresario. En caso de disolución de la sociedad, el deber de conservación recae sobre los liquidadores.

3. Obligaciones de Formulación, aprobación y depósito de las cuentas anuales:
Las cuentas anuales hacen referencia a un conjunto de documentos que reflejan distintos aspectos de la situación de una sociedad que, sin embargo, constituye un todo unitario: el balance, las cuentas de pérdidas y ganancias y la memoria anual, que deben formularse, aprobarse y depositarse en el Registro Mercantil, con una periodicidad anual.

3.1 Formulación:
El Órgano de Administración debe formular las cuentas anuales, así como el informe de gestión y la propuesta de aplicación del resultado, en el plazo máximo de 3 meses, a partir de la fecha de cierre del ejercicio social (generalmente, antes del 31 de marzo siguiente a la fecha de cierre del ejercicio social)

3.2 Aprobación:
Una vez formuladas las cuentas, éstas deben ser aprobadas por la Junta General, previa convocatoria en forma (generalmente, antes del 30 de junio siguiente a la fecha de cierre del ejercicio social).

3.3 Depósito:
Los administradores deben depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil de su domicilio, el plazo es de un mes desde la aprobación de las cuentas. Deben depositarse, además de un ejemplar de las cuentas anuales con la firma del administrador/es, la solicitud del depósito de las cuentas, así como una certificación de los órganos sociales con sus firmas legitimadas notarialmente.

4. Obligaciones derivadas de la adopción de acuerdos que deben ser inscritos en el Registro Mercantil.
Los acuerdos sociales que impliquen la modificación de los estatutos sociales, así como los acuerdos de fusión, escisión, disolución y liquidación, deben inscribirse en el registro mercantil previa elevación a público de los mismos, con cumplimiento de una serie de requisitos de carácter tasado.

Asimismo, el nombramiento y cese de administradores, el otorgamiento de poderes, y la designación de auditores de cuentas, son acuerdos que deben ser inscritos en el Registro previo cumplimiento de una serie de formalidades.

Que compromisos debe cumplir la empresa de manera tributaria.
  • Retención en la fuente
  • Declaración de renta
  • Presentación de información exógena